SCJN ordena que gobiernos y dependencias estatales de Jalisco absorban el ISR del aguinaldo de sus trabajadores

CIUDAD DE MÉXICO. MX. — La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que los ayuntamientos y las dependencias estatales de Jalisco deben garantizar que a los trabajadores al servicio del estado y los municipios no se les deduzca el Impuesto sobre la Renta (ISR) de su aguinaldo. Sin embargo, la resolución establece que serán las instituciones gubernamentales las responsables de cubrir este impuesto.

 

 

El fallo deriva de una disputa legal iniciada por trabajadores sindicalizados de Tonalá, quienes denunciaron como ilegal la retención del ISR en sus aguinaldos, argumentando que el artículo 54 de la Ley de Servidores Públicos del Estado de Jalisco prohíbe deducciones al aguinaldo, equivalente a 50 días de salario. Ante ello, el Ayuntamiento de Tonalá presentó un recurso de amparo, defendiendo que, constitucionalmente, todos los ciudadanos deben pagar impuestos.

 

 

 

La SCJN confirmó que el artículo 54 es legal y que los congresos locales tienen facultades para otorgar estos beneficios a los empleados públicos. Los ministros destacaron que no se trata de una condonación fiscal, ya que las dependencias y ayuntamientos deberán cubrir el ISR correspondiente utilizando recursos propios.

 

 

La sentencia aclara que el legislador local buscó garantizar el derecho de los trabajadores a recibir su aguinaldo íntegro, pero eso no exime a los empleadores de calcular y reportar a las autoridades fiscales el ISR respectivo.

 

 

Esta medida, aunque beneficia directamente a los trabajadores, implicará que los ayuntamientos y el gobierno estatal utilicen recursos recaudados de la ciudadanía para absorber el pago del impuesto, generando un impacto en sus finanzas.

 

 

 

PUBLICADO EL 19 DE NOVIEMBRE DE 2024 Con información de SCJN)

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